por Gestión UnidOSC | Dic 18, 2024 | Derechos de las OSC, Incidencia, Internacionales, México, UnidOSC
Bajo la coordinación de Cohesión Comunitaria e Innovación Social AC (CCIS), entre abril y diciembre de este 2024, cubrimos la segunda etapa del proceso para co-crear una agenda y estrategia de incidencia para la defensa de derechos de y desde las OSC. Como parte de ella, sostuvimos un conversatorio virtual para dialogar sobre las tendencias presentes y escenarios futuros a escala global y nacional, aunado a los cuatro componentes que conforman un entorno propicio y seguro para el ejercicio y defensa de derechos de y desde las OSC.
Se hizo un análisis de facultades y atribuciones de instancias de gobierno que nos deja en claro que no debemos enfocarnos únicamente en el Poder Ejecutivo Federal porque hay distintas autoridades, de los diferentes órdenes de gobierno y Poderes de la Unión, que tienen competencia relacionada con la defensa de derechos de y desde las OSC. Se realizaron 4 procesos descentralizados a partir de una guía de orientación elaborada para la facilitación de los mismos, en los que participaron 44 personas de 30 organizaciones de Baja California Sur, Ciudad de México, Chihuahua, Coahuila, Estado de México, Michoacán, Guanajuato, Oaxaca, Puebla, San Luis Potosí, Yucatán y Zacatecas.
De aquí surgieron aportaciones importantes sobre la situación local y reflexiones sobre qué deberíamos hacer para evitar lo que no queremos y lograr lo que sí. Además algunos grupos se articularon para continuar trabajando juntos. Finalmente, el 5 de diciembre, se llevó a cabo un conversatorio virtual nacional para hablar sobre otras y nuevas formas de incidencia. Esta segunda etapa nos deja lecciones sobre cómo podemos trabajar de forma descentralizada, nos hace ver que hay mucho interés por continuar articulándonos para la defensa de los derechos de las organizaciones y la importancia de cultivar los vínculos para fortalecernos. También nos hace pensar en qué nos ha servido al momento de incidir y qué acciones novedosas deberíamos tomar para continuar incidiendo.
por Gestión UnidOSC | Ago 21, 2024 | Combate a restricciones, México
La Ley antilavado en México, oficialmente conocida como la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, está diseñada para cumplir con los estándares internacionales en materia de prevención del lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. Sin embargo, en la práctica, ha habido algunas áreas en las que la legislación mexicana puede no estar completamente alineada con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). En particular en las normas y políticas destinadas a las organizaciones sin fines de lucro (OSFL):
Alcance y Definición de Sujetos Obligados:
Sujetos Obligados: La ley mexicana podría estar considerando a demasiadas OSFL como sujetos obligados a cumplir con las normas antilavado, lo cual va en contra de las actualizaciones internacionales del GAFI, las cuáles sugieren que los sujetos obligados a cumplir con las normas antilavado deben ser definidos por un enfoque basado en riesgo y enfatiza como una práctica negativa el que todas las OSFL sean consideradas como sujetos obligados. Esto ya fue corregido en países como Argentina o Nigeria.
Beneficiarios Finales:
La implementación de registros y mecanismos para la identificación y verificación de los beneficiarios finales ha sido un área de mejora continua ya que relacionado con lo anterior el país podría ser evaluado de forma negativa ante la obligatoriedad de realizar el registro de todos los representantes legales de una OSFL.
Evaluación de Riesgos:
El GAFI recomienda que los países realicen evaluaciones de riesgo nacional detalladas y que ajusten sus políticas y procedimientos en consecuencia. Aunque México ha avanzado en la evaluación de riesgos, aún falta una evaluación sectorial más específica para las OSFL. Sin embargo, la III ENR (evaluación nacional de riesgos) concluye que el riesgo de financiamiento al terrorismo y lavado de activos a través de estas organizaciones es bajo, se han identificado menos de una docena de OSFL en riesgo.
Sanciones y Cumplimiento:
Efectividad en la Imposición de Sanciones: Las sanciones impuestas a las OSFL por incumplimiento de la ley antilavado suelen ser desproporcionadas, lo que puede poner en riesgo su operación y vulnerar su derecho de asociación. El GAFI enfatiza la necesidad de que las sanciones impuestas a los infractores sean efectivas, proporcionales y disuasorias.
Próximos pasos:
La sociedad civil tendrá la oportunidad de presentar sus propuestas y observaciones a los evaluadores del Grupo de Acción Financiera Internacional Latinoamericana (GAFILAT) en la próxima visita a México a realizarse en el mes de abril de 2025.
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