Organizaciones civiles, riesgos y exclusión financiera

Organizaciones civiles, riesgos y exclusión financiera

El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), fue establecido en 1989. En su primer informe de 1990, formuló 40 recomendaciones sobre la lucha contra el lavado de activos. Tras los hechos de Nueva York en septiembre de 2001, el mandato del GAFI se amplió para abarcar al financiamiento del terrorismo. En las seis semanas siguientes al 11 de septiembre, se elaboraron ocho nuevas recomendaciones sobre financiamiento del terrorismo, incluida la Recomendación 8 (R8) sobre Organizaciones sin fines de lucro (OSFL)[1].

Dicha recomendación está destinada a proteger a la sociedad civil de ser abusada para realizar actividades destinadas a financiar el terrorismo (FT) o  lavado de activos (LA). Desafortunadamente, la primera versión de la R8 calificó las donaciones como actividad financiera en general, lo que motivó a muchos gobiernos a generar legislaciones que incluyeran a las OSFL como entidades inherentemente vulnerables o en riesgo, sin distinción de dónde operan, su contexto, prácticas administrativas y obligaciones regulatorias actuales.

Por lo tanto, existen leyes, como es el caso de la Ley Antilavado en México, que actualmente tratan a las OSC con el mismo grado de obligaciones y sanciones que otros actores que podrían ser más propensos a los riesgos, como los casinos, las transferencias de efectivo o los servicios de cambio de dinero.

Esta Ley ha impuesto cargas administrativas y costos adicionales a las organizaciones, las ha amenazado con fuertes multas en caso de que no cumplan con la recopilación de información que en algunos casos no es fácil de adquirir. En México, algunas organizaciones han tenido que rechazar las subvenciones de fundaciones establecidas por temor a las sanciones, lo que pone en riesgo la prestación de servicios sociales urgentes. Curiosamente, la Evaluación Nacional de Riesgos, realizada por el gobierno mexicano, en 2016, descartó cualquier tipo de riesgo para las donaciones en cuanto a FT.

Gracias a la presión de varias organizaciones y redes de OSC, especialmente el trabajo de la Coalición Global de ONG sobre el GAFI, hubo una revisión y actualización del R8. En su nota interpretativa, ahora el GAFI afirma que las donaciones no son necesariamente vulnerables y que se debe seguir un enfoque de identificación de riesgos antes de imponer regulaciones. Es obligación de los Estados el realizar evaluaciones específicas en el sector sin fines de lucro para identificar organizaciones en riesgo y generar obligaciones adecuadas.

Sin embargo, además de la regulación inequitativa por mejorar, se ha identificado un segundo efecto que podría ser aún más grave: la exclusión bancaria global.

Una investigación realizada por la organización holandesa Human Security Collective  en 2017 reveló que procesos similares de exclusión de servicios financieros a OSFL, por parte de corporativos bancarias, están ocurriendo en países como Brasil, México o Irlanda. Pero la tendencia ha demostrado ser más amplia, al grado que se considera un fenómeno global creciente.

Las OSFL en la actualidad se enfrentan a obstáculos cada vez mayores para la apertura de cuentas o simplemente al rechazo de parte de distintos bancos por su sola condición de OSFL. En algunos casos documentados de cuentas operativas, se cancelan sus cuentas corrientes sin explicaciones de por medio. Es de suponer que los corporativos bancarios han adoptado una política corporativa de «eliminación de riesgos». En lugar de generar procesos para identificar a aquellos pocos clientes que representan un riesgo potencial han decidido excluir a un sector por medio de una política global de exclusión progresiva generando no solo un enorme daño social al país sino económico.  En el caso de México, los bienes y servicios generados por las OSFL representan poco menos del 3% del PIB y 1,5 millones de empleos.

En el mejor de los casos se ha empujando a las OSFL a recurrir a bancos pequeños, en el peor, al uso de canales financieros no regulados que las ponen justamente bajo un riesgo que tanto gobierno como organizaciones desean evitar. El efecto real es la asfixia de los flujos financieros de las OSC a través de políticas, intencionadas o no, que están siendo efectivas para complicar la sustentabilidad de las organizaciones y la ejecución de programas sociales.

Combatir esta tendencia es una gran oportunidad para que las autoridades mexicanas y gobiernos latinoamericanos lideren la apertura de conversaciones entre bancos y OSFL para encontrar una solución adecuada al problema. La solución probablemente esté basada en las buenas prácticas existentes de transparencia ya presentes en muchas organizaciones a lo largo de toda la región, mismas que disminuyen los riesgos a un mínimo y facilitan la rendición de cuentas hacia todos los grupos de interés.

Miguel de la Vega

Twitter: @mig_delavega

Correo: miguel@unidosc.org.mx

[1] de la Vega, M. Pellón G. (2019) Informe sobre medidas para mitigar el riesgo de financiamiento del terrorismo y de corrupción en el sector de OSFL en Argentina y México.

Crédito de la imagen: DilokaStudio en Freepick

Mapeo sobre riesgos de financiamiento del terrorismo en OSFL en Latinoamérica

Mapeo sobre riesgos de financiamiento del terrorismo en OSFL en Latinoamérica

MAPEO SOBRE EL RIESGO DE FINANCIAMIENTO DE TERRORISMO EN LAS ORGANIZACIONES SIN FINES DE LUCRO ENTRE LOS PAÍSES MIEMBROS DEL GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA DE  LATINOAMÉRICA:
INFORME REGIONAL DEL SECTOR DE ORGANIZACIONES SIN FINES DE LUCRO.

Los autores de este estudio son Miguel de la Vega y Gabriela Pellón, Miembros del Núcleo de Expertos sobre antilavado y contra el financiamiento al terrorismo, y Claudia Guadamuz y Jocelyn Nieva, Asesoras Legales Principales para América Latina y el Caribe del Centro Internacional para la Ley del Sector No Lucrativo (International Center for Not-for-Profit-Law, o ICNL).
Miembros de la Coalición Global de Organizaciones sin Fines de Lucro sobre el Grupo de Acción Financiera Internacional (Global Non-Profit Coalition on FATF) contribuyeron al estudio, en particular Vanja Skoric del Centro Europeo para la Ley del Sector No Lucrativo (European Center for Not-for-Profit Law), Lia van Broekhoven y Fulco van Deventer del Colectivo de Seguridad Humana (Human Security Collective) y Ben Evans del Grupo Greenacre (Greenacre Group).
Finalmente, expertos de cada uno de los 17 países participantes aportaron al estudio a través de informes nacionales presentados en el Anexo C, capacitaciones y promoción de participación en la encuesta.

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Contenido:

  • PREFACIO
  • RESUMEN EJECUTIVO
  • PARTE 1 – ¿APLICAN LOS PAÍSES MEDIDAS FOCALIZADAS Y PROPORCIONADAS A LA LUZ DE UN
    ABORDAJE EN RIESGO PARA PROTEGER AL SECTOR SIN FINES DE LUCRO DEL FT?
  • PARTE 2 – ¿PERCIBEN LAS OSFL RIESGOS DE FT? ¿CUENTAN CON MEDIDAS DE MITIGACIÓN
    PARA PROTEGERSE?
  • PARTE 3 – ¿HAN TENIDO LAS OSFL LA OPORTUNIDAD DE CONTRIBUIR AL TRABAJO SOSTENIDO
    DE EVALUACIÓN DE RIESGO?
  • PARTE 4 – ¿LAS MEDIDAS TOMADAS POR LOS PAÍSES INTERRUMPEN O DESALIENTAN LAS
    ACTIVIDADES BENÉFICAS LEGÍTIMAS DE LAS OSFL O LIMITAN EL EJERCICIO DE LA
    LIBERTAD DE ASOCIACIÓN?
  • CONCLUSION
  • ANEXO A – ACRÓNIMOS
  • ANEXO B – PERFIL DE ORGANIZACIONES ENCUESTADAS
  • ANEXO C – INFORMES DE PAÍS
  • ANEXO D – MATERIAL DE REFERENCIA

El informe que tiene en sus manos no es una publicación académica sobre la implementación de la Recomendación 8 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Es el fruto de numerosos diálogos mantenidos durante años con representantes de sociedad civil, especialistas en estándares GAFI, autoridades de agencias reguladoras y referentes de entidades financieras. Es el fruto también de investigaciones impulsadas por expertas y expertos de la Coalición Global de organizaciones sin fines de lucro (OSFL) para GAFI sobre el impacto del marco preventivo contra el financiamiento del terrorismo en la práctica cotidiana de organizaciones que ejercen su libertad de asociación y contribuyen al bien público.

El sector sin fines de lucro ha sido -en casi todos los países de la región- mantenido al margen de las discusiones sobre regulaciones y procedimientos para protegerlo frente a potenciales abusos provenientes de organizaciones terroristas. Ello ha provocado numerosas tensiones derivadas de exigencias normativas onerosas, prácticas bancarias discriminatorias y una marcada falta de sensibilidad hacia un sector que opera con una lógica distinta a la lucrativa.

Hasta ahora, el debate sobre el problema de la utilización incorrecta de OSFL para el financiamiento del terrorismo en América Latina ha sido caracterizado por afirmaciones basadas en generalizaciones y no en datos. Las partes interesadas no han podido sentarse a la mesa para identificar evidencias de riesgo o discutir deficiencias en políticas o procedimientos. La falta de entendimientos básicos compartidos sobre una adecuada implementación de la Recomendación 8 supone un gran desafío